Casco obligatorio para patinete eléctrico: ¿qué cambia el 1 de octubre de 2026?
- 20 Ag, 2026
A partir del 1 de octubre de 2026, en España el casco será obligatorio para todas las personas que conduzcan un vehículo de movilidad personal (VMP), incluidos los patinetes eléctricos que cumplan los criterios de esta categoría. La nueva normativa también introduce una edad mínima para conducir, requisitos adicionales de visibilidad y nuevas obligaciones para quienes utilicen un VMP con fines profesionales.
Los cambios se derivan del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio de 2026, que modifica el Reglamento General de Circulación. El Real Decreto fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 26 de junio de 2026 y su parte principal entrará en vigor el 1 de octubre de 2026.
¿Qué cambia exactamente? ¿A quién afectará la obligación de utilizar casco y qué casco conviene elegir para cumplir los requisitos aplicables en el mercado español y europeo?
Casco obligatorio para patinete eléctrico en España desde el 1 de octubre de 2026
El cambio más importante es claro: a partir del 1 de octubre de 2026, las personas que conduzcan un vehículo de movilidad personal deberán utilizar casco de protección. La nueva redacción del artículo 118 del Reglamento General de Circulación establece que los conductores de VMP deberán utilizar: un casco de protección homologado o certificado y correctamente abrochado.
Esto significa que la obligación no dependerá de la edad del usuario ni de la duración del trayecto. Si el vehículo está considerado VMP y circula conforme a la normativa por una vía en la que su circulación está permitida, el conductor deberá llevar casco.
La nueva regulación establece así una norma uniforme a nivel nacional. Hasta ahora, los requisitos relativos al uso del casco podían depender, entre otros factores, de las ordenanzas locales vigentes en cada ciudad española.
¿De cuánto será la multa por no llevar casco?
La DGT considera el incumplimiento de la obligación de utilizar casco durante la conducción de un VMP una infracción grave. La sanción es de 200 euros.
¿A quién afectará la obligación de llevar casco en patinete eléctrico?
La obligación afectará a todos los conductores de VMP, independientemente de su edad. Al mismo tiempo, a partir del 1 de octubre de 2026 entrará en vigor otra norma importante: no podrán conducir un VMP las personas menores de 15 años. En la práctica:
| Edad del usuario | Conducción de VMP desde el 1/10/2026 | Casco |
|---|---|---|
| Menores de 15 años | No permitida | — |
| 15–17 años | Permitida si se cumplen los demás requisitos | Obligatorio |
| 18 años o más | Permitida si se cumplen los demás requisitos | Obligatorio |
Por tanto, no existirá una norma según la cual el casco sea obligatorio únicamente para niños o menores de edad. También será obligatorio para los usuarios adultos de patinetes eléctricos pertenecientes a la categoría VMP.
¿Qué casco será obligatorio para conducir un patinete en España?
Este es uno de los aspectos más importantes de la nueva normativa. La legislación española no establece una única norma técnica concreta para los cascos utilizados por los conductores de VMP. El artículo 118 exige utilizar: un “casco de protección homologado o certificado”. Se trata de una distinción importante. La normativa aplicable a los VMP no establece que todos los usuarios de patinetes eléctricos deban utilizar un casco de motocicleta conforme a la homologación UNECE R22 / ECE 22.06.
En el mismo artículo, el legislador menciona expresamente la UNECE R22 para motocicletas, ciclomotores y determinados otros vehículos. Sin embargo, en el caso de los VMP utiliza una formulación más amplia: casco homologado o certificado. Por tanto, la nueva normativa no debe interpretarse como una obligación de utilizar un casco de motocicleta ECE 22.06 en un patinete eléctrico VMP convencional.
¿Es adecuado un casco conforme a EN 1078?
En el caso de los cascos de bicicleta convencionales o de los cascos destinados a la movilidad urbana ligera, una referencia importante es la norma: EN 1078:2012+A1:2012. En España, su equivalente nacional es: UNE-EN 1078:2012+A1:2012.
Esta norma se aplica a cascos para ciclistas y usuarios de monopatines y patines, y sigue siendo una norma vigente en España. También es una norma armonizada en el marco de la legislación europea sobre equipos de protección individual.
Sin embargo, es importante distinguir dos cuestiones: la normativa española aplicable a los VMP no establece la EN 1078 como única norma permitida para los cascos. La obligación legal está formulada de manera más amplia y se refiere a un casco homologado o certificado.
¿El casco debe llevar marcado CE?
Los cascos de protección comercializados en la Unión Europea como equipos de protección individual están sujetos a los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los equipos de protección individual. Por este motivo, en el caso de un casco correctamente introducido en el mercado europeo conviene prestar atención no solo a la información sobre la norma aplicable, sino también a la documentación de conformidad del producto.
En la práctica, conviene comprobar, entre otros aspectos:
- el marcado CE,
- la norma indicada, por ejemplo UNE-EN 1078:2012+A1:2012,
- la Declaración UE de Conformidad,
- la documentación relativa a la evaluación de conformidad del modelo concreto,
- los datos del fabricante y la identificación del modelo específico del casco.
El marcado CE por sí solo no debería considerarse la única prueba de cumplimiento de los requisitos. A la hora de comprar un casco, es recomendable elegir un producto de un fabricante o vendedor que pueda proporcionar la documentación correspondiente.
¿Será obligatorio utilizar un casco ECE 22.06?
No. La normativa española no establece para los usuarios de VMP una obligación general de utilizar un casco de motocicleta conforme a ECE 22.06. Este es un punto que puede generar confusión. A partir del 1 de octubre de 2026, la normativa para VMP exigirá un casco homologado o certificado, mientras que para motocicletas y ciclomotores el artículo 118 menciona expresamente la homologación conforme a UNECE R22.
Un casco de motocicleta con homologación ECE 22.06 puede, naturalmente, ofrecer un nivel de protección elevado, pero ECE 22.06 no ha sido establecida como homologación obligatoria para todos los usuarios de VMP.
¿Se puede utilizar un casco integral en un patinete?
Sí. La normativa no establece que el casco de un usuario de VMP deba tener una construcción concreta, por ejemplo, que tenga que ser abierto. También puede utilizarse un casco integral o un casco con protección de mentón, siempre que el producto concreto cuente con la certificación o homologación correspondiente.
En el caso de los cascos con mentonera desmontable, conviene comprobar el alcance de la certificación. El hecho de que el casco cumpla la norma EN 1078 no significa necesariamente que la mentonera desmontable haya sido ensayada como un elemento que proporciona un nivel adicional y certificado de protección facial.

No solo el casco. ¿Qué otras normas para patinetes cambian el 1 de octubre de 2026?
La obligación de utilizar casco es solo uno de los cambios que afectan a los VMP.
Edad mínima: 15 años
A partir del 1 de octubre, no podrán conducir un VMP las personas menores de 15 años. La nueva normativa establece así una edad mínima de carácter nacional para los usuarios de VMP.
Elemento reflectante o luminoso durante la noche
Los usuarios de VMP que circulen entre la puesta y la salida del sol o en condiciones de visibilidad sensiblemente reducida deberán utilizar al menos un elemento luminoso o reflectante conforme a los requisitos aplicables a los equipos de protección individual.
Este elemento deberá permitir que el usuario sea visible desde una distancia mínima de 150 metros.
Requisitos adicionales para quienes utilicen un VMP profesionalmente
Las normas serán aún más estrictas para las personas que utilicen un VMP en el desempeño de su actividad profesional, por ejemplo, determinados repartidores. Quienes realicen una actividad profesional mientras conducen un VMP deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías.
Señalización de maniobras con el brazo
El nuevo artículo 155 también establece que el conductor de un VMP deberá señalizar las maniobras previstas con el brazo, de acuerdo con las normas establecidas en la legislación española de tráfico.
Alumbrado del VMP
La nueva normativa también contempla la circulación con el sistema de alumbrado del VMP encendido. Sin embargo, aquí es importante distinguir las fechas: se ha establecido un período transitorio de un año para la obligación de utilizar el alumbrado también durante el día. Esta obligación comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2027.
¿Las normas serán iguales en toda España?
La reforma establece unos requisitos básicos de ámbito nacional, entre ellos:
- edad mínima de 15 años,
- uso obligatorio del casco,
- requisitos de visibilidad,
- normas básicas de circulación de los VMP.
Al mismo tiempo, los ayuntamientos españoles seguirán teniendo capacidad para regular mediante ordenanzas locales, entre otros aspectos, las vías y zonas por las que pueden circular los VMP y determinadas condiciones específicas de circulación. Antes de conducir, por tanto, también conviene comprobar la normativa vigente en la ciudad correspondiente, por ejemplo en Madrid, Barcelona, Valencia o Sevilla.

¿Qué cambia el 1 de octubre de 2026? Información clave
A partir del 1 de octubre de 2026 en España:
- el casco será obligatorio para todos los conductores de VMP,
- el casco deberá estar homologado o certificado y correctamente abrochado,
- la edad mínima para conducir un VMP será de 15 años,
- durante la noche y en condiciones de visibilidad reducida será obligatorio utilizar un elemento luminoso o reflectante adecuado,
- quienes utilicen un VMP profesionalmente deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad,
- el incumplimiento de la obligación de utilizar casco podrá ser sancionado con una multa de 200 euros.
La normativa no obliga a todos los usuarios de patinetes eléctricos a utilizar un casco de motocicleta ECE 22.06. En el caso de los cascos convencionales destinados a la movilidad ligera, una referencia importante sigue siendo la UNE-EN 1078:2012+A1:2012, aunque la propia normativa española no establece una norma EN concreta, sino que exige un casco homologado o certificado.
FAQ: Casco obligatorio para patinete eléctrico
A partir del 1 de octubre de 2026 será obligatorio llevar casco para todos los conductores de vehículos de movilidad personal (VMP) en España. La obligación se aplicará también a los adultos y no dependerá de la duración del trayecto.
La normativa actual cambiará el 1 de octubre de 2026. Desde esa fecha, todos los conductores de VMP deberán utilizar un casco de protección homologado o certificado y correctamente abrochado. Hasta entonces, también pueden existir obligaciones específicas establecidas por las ordenanzas municipales de cada ciudad.
Sí. El uso de casco será obligatorio para todas las personas que conduzcan un VMP, independientemente de su edad. Además, desde el 1 de octubre de 2026, la edad mínima para conducir un patinete eléctrico considerado VMP será de 15 años.
La normativa española no establece una única norma técnica específica para todos los cascos de VMP. Exige utilizar un casco homologado o certificado. En el caso de los cascos destinados a la movilidad urbana ligera, una referencia relevante es la UNE-EN 1078:2012+A1:2012.
El mejor casco es aquel que cuenta con una certificación u homologación adecuada, se ajusta correctamente a la cabeza y puede abrocharse de forma segura. También conviene valorar la cobertura, la ventilación, la comodidad y el tipo de uso previsto. Los usuarios que buscan una mayor protección pueden optar por modelos integrales o con protección de mentón, siempre que el producto disponga de la certificación correspondiente.
Los cascos comercializados en la Unión Europea como equipos de protección individual deben cumplir los requisitos aplicables del Reglamento (UE) 2016/425. Por ello, además del marcado CE, es recomendable comprobar la documentación de conformidad del modelo y la norma indicada por el fabricante.
No. La normativa española no establece que todos los usuarios de VMP tengan que utilizar un casco de motocicleta con homologación ECE 22.06. Para los VMP, la norma exige de forma más amplia un casco homologado o certificado.
Sí. La normativa no obliga a utilizar un tipo concreto de casco abierto. Es posible llevar un casco integral o con protección de mentón, siempre que el modelo cuente con la homologación o certificación correspondiente.
A partir del 1 de octubre de 2026, incumplir la obligación de llevar casco en patinete será considerado una infracción grave y podrá conllevar una multa de 200 euros.
Sí. La obligación no depende de la distancia recorrida. Si una persona conduce un VMP por una vía en la que su circulación está permitida, deberá llevar el casco correctamente abrochado.
El seguro para patinete eléctrico es una cuestión distinta de la obligación de utilizar casco. Las exigencias relativas al seguro dependen de la normativa aplicable al vehículo y de su situación administrativa. Por ello, conviene comprobar por separado las obligaciones vigentes para el VMP concreto y no confundirlas con las nuevas reglas sobre el casco que entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026.



